Preguntas Frecuentes

· Puede ser que el municipio no tenga convenio firmado con el estado. · La clave catastral no fue proporcionada por el municipio o se encuentra en situación especial; para confirmar o conocer la clave correcta, deberá comunicarse al municipio al que corresponde el predio.

· En el que caso de que el municipio haya autorizado una campaña de condonaciones, se desglosará de manera automática al momento de generar la línea de captura. En caso contrario, deberá comunicarse al municipio al que corresponde el predio, ya que algunos pueden conceder los beneficios solo al presentarse en el municipio correspondiente. · El subsidio se otorga de manera regular a principio de cada año, en los meses de enero, febrero y marzo, (en estos casos se otorga la liga de la página electrónica del municipio a que corresponde el predio).

· Debe acudir al Municipio al que corresponda según la ubicación del predio, a efecto de que le informen los requisitos y procedimiento correspondiente (en estos casos se otorga la liga de la página electrónica del municipio a que corresponde el predio).

Sí, la ley prevé la aplicación de bonificaciones durante los meses de enero, febrero y marzo, a personas pertenecientes a grupos vulnerables (pensionadas o jubiladas, viudas y personas de la tercera edad).

· Durante los meses de enero, febrero y marzo, se otorgarán beneficios fiscales, para personas que van al corriente en sus pagos, es decir, solo para el pago del adeudo del ejercicio fiscal 2020.

· Si el predio corresponde a un municipio con los que se tiene convenio, el contribuyente deberá enviar sus comprobantes de pago (formato de pago, Boucher, recibos, etc.) con el cual se acredita el pago, al correo electrónico afiscal@edomex.gob.mx para su validación y de ser procedente solicitar la aclaración ante la Dirección de Vinculación con Municipios y Organismos Auxiliares. · Si no existe convenio con la Secretaría de Finanzas, el contribuyente deberá acudir al municipio al que corresponda según la ubicación del predio.

Deberá consultarse lo establecido en la Ley de Ingresos Municipal, con respecto a los beneficios de Pago Anual Anticipado y Contribuyente Cumplido; los autorizados para 2020, respectivamente son: · Enero 8% · Febrero 6 % · Marzo 4% Y, · Enero 8% · Febrero 6 % · Marzo 2% Así mismo, existe una condonación para Grupos Vulnerables (Jubilados, Pensionados, Adultos Mayores, Discapacitados, etc.), que es otorgado por el Cabildo Municipal y que asciende hasta el 34%. El cual deberá ser consultado en el municipio.

· Sí, puede obtener el CFDI. · Lo emite el municipio o bien, si el municipio cuenta con un convenio ante la Secretaría de Finanzas y el contribuyente realizó su pago en las instituciones financieras derivadas de dicho convenio, lo puede obtener a través del Portal de Servicios al Contribuyente del Gobierno del Estado de México.

· Deberá realizar la consulta ante el municipio para conocer el motivo.
· Si el municipio cuenta con un convenio de pago con el estado, el contribuyente deberá enviar un correo electrónico a la cuenta afiscal@edomex.gob.mx para poder canalizar la consulta ante la Dirección de Vinculación con Municipios y Organismos Auxiliares.

· Los contribuyentes cuyo predio pertenezca a los municipios que cuentan con convenio ante la Secretaría de Finanzas, podrán obtener su formato de pago en el Portal de Servicios al Contribuyente del Gobierno del Estado de México, el cual ya considera los descuentos de Pago Anual Anticipado y Contribuyente Cumplido, solo si se realizaron los pagos de los últimos 2 años, a través de la plataforma del Gobierno del Estado.
· Los contribuyentes propietarios de aquellos predios que correspondan a municipios con los que NO se tenga convenio con esta Secretaría, tendrán que acudir al municipio correspondiente para solicitar dicha información.

· Para obtener su clave catastral deberá acudir a la Dirección de Catastro correspondiente al Ayuntamiento del municipio donde se encuentra el predio.

· En el Portal de servicios al Contribuyente del Gobierno del Estado de México, siguiendo la ruta: Portal del Servicios al Contribuyente/elegir la opción de PREDIAL/dar clic en la opción de mapa de ubicación de Municipios con convenio.

· En un periodo máximo de 72 horas.

· Pago en efectivo en cualquiera de los centros y establecimientos autorizados indicados en la línea de captura. · Pago en línea a través del Portal de Servicios al Contribuyente del Gobierno del Estado de México, con instituciones con las que se tiene convenio.

· Portal del Servicios al Contribuyente del Gobierno del Estado de México a través del siguiente link https://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion//, elegir la opción de PREDIAL, ingresar clave catastral, ingresar código captcha y obtener formato.

· Si el pago ingresó a través de la Secretaría de Finanzas, seguir la siguiente ruta: ingresar al Portal del Servicios al Contribuyente, seleccionar opción CFDI, obtén CFDI, Ingresar los 27 dígitos de la línea de captura, Confirmar RFC y correo electrónico, Generar CFDI. · En caso de realizar el pago en el municipio, deberá acudir a Tesorería Municipal para solicitar su CFDI.