Preguntas Frecuentes

Portal del Servicios al Contribuyente del Gobierno del Estado de México a través del siguiente link https://sfpya.edomexico.gob.mx/agua/, existen 2 opciones: a través del Formato de Pago, ingresar número de cuenta, ingresar código captcha y obtener formato; o Requerimiento de Pago, en el que podrá capturar el Número de Control (código de barras) o el número de cuenta, buscar.

· Pago en efectivo en cualquiera de los centros y establecimientos autorizados indicados en la línea de captura. · Pago en línea a través del Portal de Servicios al Contribuyente del Gobierno del Estado de México, con instituciones con las que se tiene convenio.

En el Portal de servicios al Contribuyente del Gobierno del Estado de México, a través del siguiente link, dar clic en la opción del mapa, para ubicar tu municipio u organismo de agua con convenio.

Puede ser que el municipio u organismo de agua no tenga convenio firmado con el Estado o que el municipio u organismo no enviaron información suficiente para crear el número de cuenta en el Portal de Gobierno del Estado.

En el que caso de que el municipio u organismo haya autorizado una campaña de condonaciones, se desglosará de manera automática al momento de generar la línea de captura. En caso contrario, deberá comunicarse al municipio u organismo al que corresponde su cuenta de agua, ya que algunos pueden conceder los beneficios solo al presentarse en el municipio u organismo correspondiente.

El subsidio se otorga de manera regular a principio de cada año, en los meses de enero, febrero y marzo, (en estos casos se otorga la liga de la página electrónica del municipio a que corresponde la cuenta de agua) o derivado de una campaña de regularización en el municipio u organismo de agua.

Debe acudir al Municipio u organismo de agua al que corresponda según la ubicación del número de cuenta, a efecto de que le informen los requisitos y procedimiento correspondiente (en estos casos se otorgan los datos del municipio u organismo de agua).

Sí, la Ley de los Ingresos de los Municipios del Estado de México, prevé la aplicación de bonificaciones durante los meses de enero, febrero y marzo, a personas cumplidas o pertenecientes a grupos vulnerables (pensionadas o jubiladas, viudas y personas de la tercera edad).

Durante los meses de enero, febrero y marzo, se otorgarán beneficios fiscales, para personas que van al corriente en sus pagos, es decir, que solo deben el año actual, o que son contribuyentes cumplido o pertenecen a un grupo vulnerable (pensionadas o jubiladas, viudas y personas de la tercera edad).

Deberá consultarse lo establecido en la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México, con respecto a los beneficios de Pago Anual Anticipado y Estímulo Adicional por Cumplimiento; los autorizados para 2020, respectivamente son: · Enero 8% · Febrero 6 % · Marzo 4% y, · Enero 4% · Febrero 2%. Así mismo, existe una bonificación adicional a grupos vulnerables (Jubilados, Pensionados, Adultos Mayores, Discapacitados, etc.), que es otorgado por el Cabildo Municipal y que asciende hasta el 38%.
El cual deberá ser consultado en el municipio u organismos de agua.

Sí, puede obtener el CFDI. Lo emite quien haya recibido su pago, es decir, el municipio u organismo de agua.
Si el municipio cuenta con un convenio ante la Secretaría de Finanzas y el contribuyente realizó su pago de rezago de agua en las instituciones financieras derivadas de dicho convenio, lo puede obtener a través del Portal de Servicios al Contribuyente del Gobierno del Estado de México.

Si el pago ingresó a través de la Secretaría de Finanzas, seguir la siguiente ruta: ingresar al Portal del Servicios al Contribuyente, seleccionar opción CFDI, obtén CFDI, Ingresar los 27 dígitos de la línea de captura, Confirmar RFC y correo electrónico, Generar CFDI. · En caso de realizar el pago en el municipio u organismo de agua, deberá acudir a Tesorería para solicitar su CFDI.