Disposición, Confinamiento y Almacenamiento de Residuos


De no estarlo, inscribirse en el Registro Estatal de Contribuyentes (REC).

Dar clic aquí para iniciar con la Solicitud de Inscripción al REC.

Dar de alta la obligación "Impuesto a la Disposición, Confinamiento y Almacenamiento de Residuos".

Dar clic Aquí para realizar el Alta de la obligación.

Realizar pagos mensuales, mediante declaración a más tardar el día diez del mes siguiente a aquel en el que se causó el impuesto.

Obligaciones administrativas adicionales:

a) Presentar el comprobante del registro respectivo ante la autoridad competente en materia ambiental SIREM, según corresponda.

b) Los sitios de disposición deberán emitir el comprobante correspondiente, a las generadoras de residuos o a los intermediarios que realicen en nombre de las generadoras la disposición, confinamiento o almacenamiento de éstos.

c) Los intermediarios deberán emitir el comprobante correspondiente a las generadoras de residuos a quienes les presten el servicio de traslado de residuos para su disposición, confinamiento o almacenamiento en sitios de disposición final.

d) Los sujetos obligados deberán conservar sus comprobantes de pago del impuesto ya sea hecho a los intermediarios o a los sitios de disposición final, hará las veces de comprobante de retenciones.

e) Todos deberán llevar bitácoras con registros mensuales de residuos dispuestos de manera definitiva.


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Si tiene dudas relacionadas con el pago de sus Impuestos por ejemplo Tenencia o Uso de Vehículos Automotores, Declaraciones y/o Régimen de Incorporación Fiscal para la realización de algún trámite ante esta Entidad Federativa, ponemos a su disposición los siguientes medios:

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En el Valle de Toluca: (722) 226 17 51
Para el resto de los Estados lada sin costo: 800 715 43 50

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