El contribuyente deberá estar inscrito en el Registro Estatal de Contribuyentes, apartado “Registro de Contribuyentes”,
opción
“Solicitud de Inscripción al REC”,
conforme al artículo 47, fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
En caso de estar inscrito,, dar de alta la obligación en https://sfpya.edomexico.gob.mx, apartado “Registro de Contribuyentes”, sección “Movimientos”, seguido de la opción “Alta de Obligaciones”.
Se deberá presentar la declaración de manera mensual a más tardar el día 10, del mes siguiente a reportar, en forma electrónica, ingresando al Portal de Servicios al Contribuyente,
apartado
“Declaraciones”, opción “Impuesto Casas de Empeño”,
donde se despliegan las opciones: declaración mensual y declaración en cero, seleccionar la opción correspondiente y al dar clic se mostrará la pantalla para ingresar con su REC y contraseña. Debe capturar la información que se solicita,
una vez concluido dar enviar para generar su declaración.
Además de las obligaciones anteriores, el contribuyente deberá:
I. Llevar y conservar los registros contables y administrativos de conformidad con disposiciones aplicables legales que correspondan.
II. Mantener en los establecimientos o sucursales en los cuales se realicen las operaciones o contrataciones materia de este impuesto,
las boletas, billetes de empeño, contratos o cualquier otro documento que sustenten dichas operaciones o contrataciones y permitan la
plena identificación del deudor prendario, incluyendo su domicilio y número telefónico, así como exhibirlos cuando las autoridades
competentes lo requieran, en ejercicio de sus facultades de comprobación.