Pago a Plazos
Solicitud de Pago a Plazos (Federal)


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Información relevante para la solicitud de pago a plazos

La solicitud de pago a plazos será analizada por la Delegación Fiscal que corresponda a su domicilio fiscal, misma que emitirá la resolución correspondiente, tomando en consideración que, de acuerdo con lo señalado en los artículos 66-A del Código Fiscal de la Federación y 32 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, no son susceptibles de parcialización las siguientes contribuciones:

  1. Las contribuciones retenidas, trasladadas o recaudadas.
  2. Las que deben pagarse en el año calendario en curso.
  3. Las que deben pagarse en los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud.
  4. Las contribuciones y aprovechamientos causados por la importación y exportación de bienes o servicios.
  5. Las sanciones económicas e indemnizaciones resarcitorias derivadas de una responsabilidad administrativa.

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