reemplacamiento 2026?
Es una acción coordinada del gobierno y la ciudadanía, que tiene como objetivo, contar con un padrón vehicular actualizado que coadyuve en la prevención de delitos y fortalecimiento de la seguridad pública además de dar certeza jurídica, fiscal y patrimonial a los mexiquenses.
• Regularizas tu patrimonio.
• Obtienes placas y tarjeta de circulación vigentes.
• Tu vehículo podrá identificarse plenamente en circulación.
• Si estás al corriente, se incrementa el precio de venta del vehículo.
• Contribuyes con la seguridad pública y ayudas en la investigación de delitos cometidos con vehículos.
Los contribuyentes propietarios o poseedores de:
a) Vehículos de servicio particular que porten placas de circulación expedidas en 2021.
b) Vehículos con placas 2020 y anteriores que no hayan realizado la renovación durante 2025.
El programa de reemplacamiento estará vigente del 01 de abril al 31 de agosto de 2026, con un calendario de
acuerdo al último dígito de tus placas:
| Terminación de las placas | Mes para reemplacar |
| 1 y 2 | Abril |
| 3 y 4 | Mayo |
| 5 y 6 | Junio |
| 7 y 8 | Julio |
| 9 y 0 | Agosto |
La vigencia de tus placas es de 5 años a partir de la fecha de expedición y se encuentra impresa en la
tarjeta de circulación o bien puedes consultarla en el Portal de Servicios al Contribuyente: Dar clic aquí.
Las placas de circulación que fueron expedidas de septiembre a diciembre de 2021, conservarán la vigencia
conforme a la fecha indicada en su tarjeta de circulación, por lo que, deberán realizar el trámite de renovación
dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento o bien hacerlo anticipadamente en el
periodo de reemplacamiento.
• Hacerse acreedor a sanciones de tránsito y administrativas, por no portar placas vigentes.
• Retiro de las placas de circulación y remisión del vehículo al depósito más cercano.
• Ser acreedor a una sanción consistente en 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.
• No poder verificar.
Beneficios Fiscales 2026
A) BENEFICIOS FISCALES AL REALIZAR EL TRÁMITE DE REEMPLACAMIENTO
VIGENCIA 1º DE ENERO AL 31 DE AGOSTO DE 2026
BENEFICIOS FISCALES |
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Beneficio |
Periodo de vigencia |
Requisitos |
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| Placas expedidas en 2021 y posteriores | Condonación del 100% de tenencia, refrendo y accesorios de los años 2024 y anteriores. |
Del 1° de enero al 31 de agosto de 2026 | • Realizar el trámite de renovación de placas dentro del periodo de vigencia. • Realizar pago de contribuciones y accesorios causados en 2025 y 2026. |
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| Placas expedidas en 2020 y anteriores | Condonación del 100% de tenencia, refrendo y accesorios de los años 2023 y anteriores. |
• Realizar el trámite de renovación de placas dentro del periodo de vigencia. • Realizar pago de contribuciones y accesorios causados del 2024 al 2026. |
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| Placas expedidas en 2021 | Condonación del 100% del Impuesto Sobre la Adquisición de Vehículos Automotores Usados (ISAVAU). |
• Estar al corriente en el pago de tenencia y refrendo de 2025 al 31 de diciembre de 2025. |
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Condonación del 50% del (ISAVAU) a los propietarios de vehículos con adeudos de tenencia y refrendo. |
• Ponerse al corriente en el pago de tenencia y refrendo dentro del periodo (1° de enero al 31 de agosto de 2026). |
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B) SUBSIDIO DE TENENCIA
VIGENCIA 1º DE ENERO AL 6 DE ABRIL DE 2026
SUBSIDIO EN EL PAGO DE TENENCIA |
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Beneficio |
Periodo de vigencia |
Requisitos |
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| 100% de subsidio de Tenencia Vehículos nuevos o usados adquiridos por importación definitiva. | Del 01 de enero al 31 de diciembre de 2026 | • Personas físicas o jurídicas colectivas con fines no lucrativos. |
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| 0% de Tenencia más el 50% de reducción en el costo de las placas Vehículos Eléctricos. | Del 01 de enero al 31 de diciembre de 2026 |
• Personas físicas o jurídicas colectivas con fines no lucrativos. • Vehículos con valor factura de hasta $638,000.00 IVA incluido. |
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| 0% en la tasa de Tenencia durante los primeros 5 años más la reducción del 50% en los años subsecuentes Vehículos Híbridos. | |||
· Cuando el propietario no realice el trámite deberá presentar poder notarial e identificación del representante.
2. Factura de origen y documento jurídico que acredite la propiedad (contrato de compraventa, endoso, responsiva, factura de vehículo usado, entre otros).
3. Comprobante de domicilio vigente (no mayor a 3 meses) en el Estado de México (INE, recibo de luz, agua, teléfono, predial, etcétera).
4. Placas anteriores, baja o documento jurídico que acredite la carencia de las mismas (constancia de extravío).
Para persona física:
1.1. Las opciones son: IFE o INE, INAPAM, Cédula Profesional, Pasaporte, Licencia de Conducir, Tarjeta de Residencia Temporal o Permanente (FM2 o FM3).
1.2. En caso de que el trámite no sea realizado por la o el interesado, se deberá presentar copia de la identificación oficial vigente de la o del propietario, así como documento con el que acredite la representación jurídica en: Poder Notarial para Actos de Administración, de Dominio o Especiales para trámites de control vehicular o Carta Poder Notarial, e identificación oficial vigente del representante legal.
2.1. Las opciones de documento jurídico son: Contrato de Compraventa o donación, Carta Responsiva, Cesión de derechos (endoso en factura), Acta de Adjudicación, Factura de vehículo usado, etc.
2.2. Vehículos de procedencia extranjera: Constancia de Inscripción o Título de Propiedad y Pedimento de Importación Definitiva (el pedimento con clave R1 deberá presentarse con el pedimento de origen o rectificado). Cuando el vehículo haya sido importado por una persona jurídica colectiva, deberá presentar la factura.
2.3. Para cambios de motor: Factura del motor o en su caso, pedimento de importación, que acredite la propiedad.
3.1. Las opciones son: Identificación del propietario, recibos o contratos de agua, luz, gas, predial, estado de cuenta bancario, contrato de arrendamiento, constancia domiciliaria, inscripción al RFC.
3.2. Para persona jurídica colectiva e institución pública el comprobante de domicilio deberá estar a nombre del propietario.
Para persona jurídico colectiva, además de los requisitos 2, 3, 4, y 5, presentar:
Nota: para el caso de placas para personas con discapacidad no requiere documento adicional si no hay cambio de propietario y para vehículo antiguo no requiere documento adicional si ya cuenta con placas de auto antiguo.
MIR MOVIL
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CENTROS COMERCIALES
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Nueva modalidad de servicio implementada en el Estado de México, que otorga la posibilidad de recibir sus placas, engomado y/o tarjeta de circulación en su domicilio.
- Sin salir de casa puedes concluir tu trámite de control vehicular.
- Es más fácil cumplir con tus obligaciones fiscales.
- Contribuye a reducir el riesgo de contagio por la contingencia sanitaria.
1. Inicia tu trámite aquí.
2. Elige “entrega a domicilio”.
3. Realiza el pago (en línea o en los centros autorizados).
4. Recibirás información vía SMS para conocer los datos y detalles de la entrega.
5. Recibe tus placas y tarjeta de circulación en tu domicilio.
- Podrás comunicarte al Centro de Atención Telefónica en el 5527895000 de lunes a domingo, en horario de 09:00 a 20:00 horas.
1. Identifícate.
2. Si realizaste cambio de placas, entrégalas limpias.
3. Verifica que tus placas, engomado y/o tarjeta de circulación estén completos y que la información sea correcta.
4. Firma el comprobante de entrega.
5. El repartidor tomará evidencia fotográfica de tu identificación y del comprobante de entrega.
6. Descarga tu constancia de trámite aquí, la cual podrá ser requerida para verificar.
- Si obtuviste tu placa en el Estado de México en el año 2021 o anteriores, sí estás obligado a hacerlo.
Lo puedes realizar en línea a través del Portal de Servicios al Contribuyente, ingresando al
apartado de “Control Vehicular”, “Trámites Electrónicos”, “Renovación de Placas”; captura la
información solicitada, adjunta la documentación en formato PDF, PNG, JPG o TIF, sin que cada
documento exceda de 2 megabytes y 150 PPP y obtén tu folio de trámite; una vez autorizado el
trámite, imprime la “Solicitud de Trámite” y “Formato Universal de Pago”, realiza el pago y en el
mismo portal agenda cita, para recoger tus placas.
La vigencia de las placas es de cinco años contados a partir de la fecha de su expedición. Consulta
la vigencia en el Portal de Servicios al Contribuyente, en el apartado de “Control Vehicular”,
selecciona “Trámites electrónicos”, opción “Verifica la vigencia de tu placa”.
Las placas expedidas en 2021 no serán vigentes cuando:
- No hayan renovado al término del mes establecido en el calendario conforme a la terminación de
la matrícula; o para las expedidas de septiembre a diciembre de 2021, cuando no hayan renovado
dentro de los quince días hábiles siguientes, contados a partir del término de la vigencia indicada
en su tarjeta de circulación.
Los artículos 47 fracción III Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios, y 7.14 fracción II del Código Administrativo del Estado de México.
Debes reemplacar de abril a agosto de 2026, de acuerdo a la terminación del último dígito numérico
de tu placa. Te sugerimos revisar el Calendario de Reemplacamiento.
Las placas de circulación que fueron expedidas de enero a agosto de 2021, serán vigentes hasta el
31 de agosto de 2026; para las expedidas de septiembre a diciembre de 2021, conservarán la
vigencia conforme a la fecha indicada en su tarjeta de circulación, por lo que, deberán realizar el
trámite renovación de placas, dentro de los quince días hábiles siguientes contados a partir de su
vencimiento.
Sí, el trámite “Renovación de Placas” estará disponible a partir del 01 de enero de 2026; sin embargo, se recomienda atender el calendario previsto y así facilitar el cumplimiento de obligaciones de forma ordenada, a menos que tu placa haya sido expedida en 2020 o años anteriores, por lo que no es vigente y puedes ser acreedor a sanciones de tránsito.
Sí, debes reemplacar lo antes posible ya que tus placas se encuentran vencidas y puedes ser acreedor a sanciones de tránsito.
No, la renovación de placas no es por año modelo del vehículo, sino por la fecha de expedición de las placas, cuya vigencia es de 5 años.
Que los vehículos registrados en el Estado de México se encuentren debidamente identificados al portar placas vigentes, con mayores medidas de seguridad, otorgando certeza jurídica, fiscal y patrimonial a los mexiquenses, además de contribuir a las tareas de seguridad pública en la entidad.
Realiza tu trámite en línea a través del Portal de Servicios al Contribuyente y recoge tus placas agendando una cita en el Centro de Servicios Fiscales o Módulo Integral de Recaudación de tu preferencia; o de manera presencial, agendando una cita a través del Portal de Servicios al Contribuyente en el Centro de Servicios Fiscales más cercano a tu domicilio, el tiempo de atención dependerá de la demanda del servicio.
A través del Portal de Servicios al Contribuyente, ingresando al apartado de “Control Vehicular”, “Trámites Electrónicos”, “Renovación de Placas”; captura la información solicitada, adjunta la documentación en formato PDF, PNG, JPG o TIF, sin que cada documento exceda de 2 megabytes y 150 PPP y obtén tu folio de trámite; una vez autorizado el trámite, imprime la “Solicitud de Trámite” y “Formato Universal de Pago”, realiza el pago y en el mismo portal agenda cita, para recoger tus placas.
Los formatos pueden ser descargados a través del Portal de Servicios al Contribuyente, con el folio
del trámite correspondiente, accediendo al apartado “Consulta tu Trámite”.
No hay límite para realizar los trámites de control vehicular de forma electrónica, a menos que en el
motivo de rechazo del trámite se especifique que debes hacerlo de manera presencial.
No, en un solo trámite puedes reemplacar y hacer al cambio de propietario, mediante el de “Renovación de placas”.
A través del Portal de Servicios al Contribuyente:
1. Ingresa a la liga https://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/.
2. Selecciona el apartado “Control Vehicular”.
3. Da clic en “Validación de Autenticidad de Tarjeta de Circulación”.
4. Captura los datos (Número de tarjeta, placa, número de serie, RFC, clave de la oficina expedidora).
5. Da clic en “Aceptar”.
6. Se muestra resultado. “Tarjeta de Circulación Correcta”.
No, la verificación se deberá realizar en el siguiente semestre conforme a la terminación de la nueva placa asignada. Para mayor información deberá consultar el Programa de Verificación Vigente Obligatoria, competencia de la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.
- Identificación oficial. Si no acude el propietario deberá presentar Poder Notarial original.
- Cita impresa o digital.
- Solicitud de Trámite impresa o digital.
- Placas anteriores o documento jurídico que acredite la carencia de las mismas.
Posiblemente se estén capturando datos incorrectos, ya que el folio fiscal, el RFC del emisor y del receptor, así como el importe, deben coincidir con los de la factura.
No, ya que la vigencia es de 5 años; sin embargo, puede realizar el “Cambio de Placas”.
No, la solicitud de trámite de control vehicular no es un permiso para circular; sin embargo, si las placas que porta se encuentran vigentes podrá circular.
Sí; sin embargo, se debe considerar que, al no haber pagado dentro del plazo correspondiente, se causan actualizaciones y recargos en términos del artículo 30 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
No, este programa solo aplica para vehículos con placas del Estado de México, si eres residente en la entidad y deseas registrar tu vehículo deberás realizar el trámite de Alta Vehículo Emplacado en Otra Entidad.
Sí, siempre y cuando esa persona acredite que lo representa mediante instrumento notarial para
actos de administración, actos de dominio o especial para trámites vehiculares; en trámites de
cambio o renovación de placas sin cambio de propietario y tratándose de casos especiales como:
ser adulto mayor, persona con discapacidad, estar cursando una enfermedad grave o incapacidad
temporal únicamente podrán nombrar mediante mandato simple, a un tercero (cónyuge, concubina
o concubino, o familiar consanguíneo o civil en línea directa ascendiente o descendente hasta el
primer grado o colaterales hasta el segundo grado) para la conclusión del trámite electrónico a su
nombre.
No, por lo que deberás iniciar nuevamente el trámite.
Sí, deberás reportar esto ante la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, y presentar la constancia de recepción de denuncias que se te expida, obtenla en la liga http://fgjem.edomex.gob.mx/extravio-objetos-documentos, además de pagar una indemnización por la falta de una o ambas láminas, según sea el caso.
No, la placa será asignada por el sistema, de acuerdo a la disponibilidad en sistema en ese momento.
Preguntas Técnicas
El Portal de Servicios al Contribuyente se puede ejecutar en cualquier navegador.
Navegador de internet, última versión de java y adobe reader.
La resolución de los documentos es de 150 PPP en formato PNG, JPG y TIFF, cuyo tamaño debe ser menor a los 2MB.
Sí, el Portal se ajusta al tamaño de la pantalla de dispositivos móviles y puede ser manipulable.
No hay comunicación con el servicio del Portal, tendrás que revisar que tu servicio de internet este activo y funcional.
Revisa el acceso a otra página web, si es normal la plataforma de trámite está presentando lentitud en su operación, en caso contrario puedes tener un problema con tu servicio de internet.
Tu servicio de internet está funcionando, pero la liga URL o web que ingresas no existe, revisa que es correcta la escritura en la barra de direcciones del navegador.
Tu servicio de internet está funcionando, el servicio de la plataforma se encuentra temporalmente fuera de servicio, si pruebas en unos minutos más tarde todo deberá funcionar correctamente.
Revisa el horario de tu equipo de cómputo, deberá estar sincronizado con el día y hora actual, en caso que sea correcta, el sitio al cual pretendes ingresar no corresponde al sitio oficial de Servicios al Contribuyente del GEM.